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17/02/2017

Iridoy ha presentado la modificación de la ordenanza de la Vivienda Tasada Municipal de Irun

El 4 de julio del 2008, se aprobó la primera Ordenanza Local Reguladora de la Vivienda Tasada Municipal (VTM) de Irun. Pero en los años que han transcurrido desde su entrada en vigor, y con las experiencias registradas, se ha aconsejado la introducción de algunos ajustes normativos, atendiendo así a la promulgación y entrada en vigor de la nueva Ley de Vivienda aprobada por el Parlamento Vasco (3/2015 de 18 de junio).
Xabier Iridoy

"Además, el contexto de crisis económica ha provocado profundos cambios en todo lo que afecta a la vivienda. Y la crisis hace que la VTM regulada por la ordenanza municipal del 2008 compita con la libre y el mercado la deja fuera" ha explicado el edil jeltzale Xabier Iridoy. "La vivienda tasada es una categoría dentro de las viviendas de protección oficial, con el que se cubre un segmento de población que no puede acceder, por exceder sus ingresos a los fijados por VPO".

La ordenanza aprobada en el 2008 contempla dos categorías de VTM; Viviendas Tasadas Municipales de Régimen Especial y de Régimen General. Categorías que se pretenden eliminar con la modificación presentada, donde sólo se plantea una única VTM.

En esta nueva ordenanza, las viviendas se destinarán a domicilio habitual y permanente. Con una superficie máxima de la vivienda de 90 m2(t), salvo para familias numerosas que será de 120 m2(t). Y el precio máximo de venta de la vivienda será de 1,70 por precio máximo de una vivienda de VPO, si bien el mercado en estos momentos está fijando precios inferiores (en Irun el precio de la VPO es de 1.629,31€€/m2 útil y la VTM por 1,70=2.769,82 €/m2 útil).

Asimismo, el precio del alquiler será el 3% del precio de venta máximo (623,20€/mes). Y los niveles de renta para el acceso a una vivienda, con unos ingresos mínimos y máximos, serán los mismos que los previstos para las viviendas tasadas de régimen autonómico, siendo así de 12.000€ el mínimo y 45.500€ el máximo, sea en compra o en alquiler.

Además, los requisitos de las personas o unidades convivenciales destinatarias será la de no disponer de otra vivienda en propiedad plena o superficiaria, salvo que este no cumpla condiciones habitabilidad. Y no haber sido adjudicataria de vivienda protegida en los dos años anteriores si así lo establece la convocatoria.

Los y las interesadas, deberán haber estado empadronados ininterrumpidamente en el municipio de Irun durante el plazo de uno o varios años anteriores.

Ahora bien, si el número de participantes que cumplan los requisitos de empadronamiento y antigüedad, fuera inferior al número de viviendas a adjudicar, se tendrán en cuenta también aquellos solicitantes empadronados de Irun, sea cual sea su antigüedad de empadronamiento. Y de seguir existiendo vacantes, podrán ser adjudicadas a solicitantes empadronadas en cualquiera de los municipios de las comarcas Donostialdea y Bajo Bidasoa.

Se baremarán las solicitudes por renta disponible, número de miembros de la unidad convivencial y tomando la antigüedad del demandante de vivienda como criterio accesorio. En las bases para cada promoción podrán establecerse cupos que faciliten el destino de un número determinado de viviendas a personas que se encuentren dentro de algún grupo social con especiales necesidades o dificultades para el acceso a la vivienda.

Registro municipal de solicitantes

El ayuntamiento de Irun a través de IRUNVI mantiene un “Registro de Solicitantes de Vivienda de Protección Pública”, con el que se sabrá la demanda existente, en este caso para la selección de los adquirientes de las viviendas tasadas municipales. Así el Registro de IRUNVI se coordinara con el de Solicitantes de Vivienda Protegida y alojamientos dotacionales del Gobierno Vasco ETXEBIDE.

Para concluir indicar que este proyecto de nueva ordenanza se propondrá al pleno ordinario de febrero para su debate y aprobación inicial.

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